¡Bienvenido a una nueva experiencia!

Estamos encantados de que hayas elegido nuestro plan de asistencia.

Esta página está diseñada para brindarte toda la información sobre tus coberturas y condiciones de tu plan en convenio con SURA. Queremos asegurarnos de que tengas todo lo que necesitas para cuidar de tu salud y la de tu familia. ¡Explora y descubre cómo estamos aquí para ti!

Para solicitar el servicio de asistencia debes comunicarte a través de las líneas de atención 24/7:

Línea Nacional: 01 8000 51 12 78

Con el fin de que EL AFILIADO pueda disfrutar de los SERVICIOS contemplados, el mismo deberá cumplir con las siguientes obligaciones:

  1. Solicitar al PRESTADOR de manera previa la autorización para realizar cualquier gasto, relacionado con las coberturas del plan, o acceder a cualquier SERVICIO, cuyo REEMBOLSO pretenda solicitar posteriormente, para evitar gastos innecesarios que puedan no ser reembolsados.
  2. Dar aviso oportuno al PRESTADOR del cambio de DOMICILIO del AFILIADO. Queda entendido que en caso de que el AFILIADO establezca su DOMICILIO por fuera del territorio de la República de Colombia, lo relación entre el PRESTADOR y el AFILIADO se tendrá por extinta, con lo cual el PRESTADOR se verá liberado de su obligación de prestar los SERVICIOS contemplados en las condiciones generales y el AFILIADO se verá liberado de su obligación de pagar las cuotas necesarias para recibir los SERVICIOS aquí establecidos.
  3. ldentificarse ante los representantes del PRESTADOR o ante sus PROVEEDORES en el momento de solicitar y/o recibir los SERVICIOS del programa de asistencia en salud.
  4. No registrar morosidad en el pago, de los consumos correspondientes, a COOPETRABAN.

Los servicios de asistencia no se harán efectivos cuando se presente alguna de las siguientes situaciones, circunstancias o causas:

a. Cuando el AFILIADO no se encuentre activo.
b. Cuando el afiliado sea mayor a 70 años.
c. Cuando frente al SERVICIO solicitado se haya excedido el número de eventos máximos y/ o montos máximos indicados en las condiciones generales del programa.
d. Cuando el AFILIADO no se identifique plenamente ante el PRESTADOR o su PROVEEDOR como afiliado del programa de asistencia, en el momento de solicitar y/ o recibir los SERVICIOS del programa de asistencia.
e. Cuando el AFILIADO no proporcione información veraz y oportuna que, a juicio del PRESTADOR, sea necesaria para atender debidamente el EVENTO.
f. La mala fe del AFILIADO comprobada por el personal del PRESTADOR.
g. Los EVENTOS originados o derivados de fenómenos de la naturaleza de carácter extraordinario, tales como: inundaciones, terremoto, erupciones volcánicas, huracanes, tempestades ciclónicas, etc.
h. Los EVENTOS originados o derivados de hechos y actos de terrorismo, guerra, genocidio, rebelión, sedición, asonada, vandalismo, motín o tumulto popular, etc.
i. Los EVENTOS originados o derivados de hechos y actos de las fuerzas armadas y cuerpos de seguridad estatales.
j. Los EVENTOS originados o derivados de la producción y manejo de energía nuclear radiactiva.
k. Los EVENTOS originados o derivados de epidemias, pandemias, propagación dolosa de virus, infecciones o enfermedades.
l. Los EVENTOS originados o derivados de hechos de fuerza mayor, caso fortuito, culpa exclusiva de la víctima y/o culpa exclusiva de un tercero.
m. Cuando no exista la INFRAESTRUCTURA PRIVADA que permita lo prestación del SERVICIO en lo zona.
n. Cuando el AFILIADO incumpla cualquiera de las obligaciones indicadas en estas condiciones generales.
o. El PRESTADOR y COOPETRABAN quedan exentos de responsabilidad frente al AFILIADO, cuando el SERVICIO no se pueda prestar por el incumplimiento de los requisitos establecidos en las condiciones generales del programa o por lo ocurrencia de alguna de las situaciones, circunstancias o causas que configuran las EXCLUSIONES GENERALES antes expresadas.
p. Los límites no son acumulables para ser utilizados en el resto de los EVENTOS.